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Cambios a la Portabilidad Numérica

Por: Ernesto Piedras/Noviembre |
Nov 01, 2019

El 28 de octubre del presente año, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió modificar las reglas de Portabilidad Numérica (PN), con el objetivo de fortalecer el derecho de los usuarios a de servicios telefónicos a migrarse al operador de su elección, conservando su mismo número telefónico. 

Este mecanismo, vigente por más de una década (julio de 2008 a la fecha), ha sido sujeto de modificaciones con motivo de agilizar, transparentar, brindar certeza y seguridad a su realización. En esta ocasión, el IFT eliminó el mecanismo por el que terceros podían solicitar el NIP para confirmar el proceso de portación, para así mitigar la ocurrencia de portaciones sin el consentimiento del usuario.

A partir de esta modificación, las solicitudes de NIP de confirmación serán a través del envío de un SMS con la palabra “NIP” o bien realizando una llamada al número 051, ambos procesos iniciados por el usuario, quien en todo momento tendrá control sobre su derecho a portarse libremente.
Operadores, la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI) e incluso la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) sugirieron diversos cambios para blindar el proceso de portabilidad y eliminar la portabilidad no consentida
En específico, solicitaron la eliminación del mecanismo a través del cual un tercero (no usuario) podía solicitar el NIP de portabilidad a través del portal administrado por el Administrador de Base de Datos (ABD), encargado de la gestión del proceso de portabilidad. Fue así que el IFT decidió optimizar y empoderar aún más a los usuarios en el ejercicio de su derecho a la PN.


PNNC: Dimensionamiento de la Práctica Fraudulenta
La Portabilidad Numérica No Consentida (PNNC) es una práctica fraudulenta por la que se realiza el cambio de un operador móvil sin que el usuario se percate o lo haya consentido de manera voluntaria. Típicamente, un usuario defraudado recibe una llamada en la que es engañado maliciosamente para entregar información personal y, con ello, iniciar el proceso de portabilidad sin su consentimiento. 
Durante 2018, el proceso de portabilidad numérica permitió que 21.3 millones de usuarios móviles cambiaran de compañía de servicios de su elección conservado su número telefónico. Es decir, el mecanismo es una herramienta de promoción de la competencia, tal que la cantidad de líneas portadas representa 17.9% del parque promedio móvil de este año (118.9 millones). Si estas líneas correspondieran a un solo operador, éste sería el tercero a nivel nacional en participación de mercado, tan sólo por debajo de Telcel y Telefónica.

Portabilidad Numérica Móvil en México 

Fuente: Elaborado por The CIU con información del IFT


No obstante, no todas esas portaciones fueron realizadas de manera consentida. De acuerdo con diversos cálculos de la industria, este fenómeno podría ascender a poco más de 10% de los números portados, con una afectación a alrededor de 2.2 millones de usuarios al año. Sólo para dimensionar la gravedad, esta numeralia representa 1.2 veces el número de usuarios que ostentan los operadores móviles virtuales (OMV) al cierre de 2018.
Más aún, se estima que sólo una tercera parte de estos usuarios regresa a su operador de origen, ya sea vía el mecanismo de reversión de portabilidad o por su propia cuenta. En números, más de 1.4 millones de usuarios no regresan a su operador elegido, ya sea por desconocimiento, desidia o porque creen que es culpa del operador que habían optado.

Portabilidad Numérica No Consentida en México  

Fuente: Elaborado por The CIU en base a información del mercado y estimaciones propias.

Así, considerando sólo a los usuarios que no regresaron a su elección original, el fraude ocasionado por sólo por cobro de comisiones fraudulentas equivale a 255.78 millones de pesos. Todo ello aunado al enfado e incomodidad causado a las personas afectadas. Esta cantidad equivale a lo destinado en promedio por servicios móviles de 256,782 usuarios de prepago en un año.

Portabilidad Numérica No Consentida: Dimensionamiento de su Alcance 

Fuente: Elaborado por The CIU con base a información del mercado y estimaciones propias

Para evitar este gran fraude al mercado y a los usuarios, el IFT determinó optimizar su proceso en términos de eficiencia de tiempo, transparencia, pero sobre todo en la seguridad de ejecución de la decisión del consumidor, cuidando el riesgo de que sean cambiados sin su solicitud ni consentimiento.

Optimización y Seguridad a la PN
A partir de estas modificaciones al proceso de la PN, se incorporan mecanismos de protección adicionales para el consumidor en la forma de candados regulatorios para que sólo sea el usuario el única agente que puede solicitar el NIP de confirmación, ante el fenómeno de la PNNC en México.
Enhorabuena para los consumidores, puesto que el IFT optó por realizar los cambios sugeridos en la consulta pública de revisión y redefinición de las reglas de PN, para evitar, de una vez por todas, el lamentable fraude de Portabilidad Numérica No Consentida en el mercado mexicano. 
Así, el órgano regulador busca garantizar una portabilidad óptima, certera, transparente, segura y expedita, en favor del bienestar de los consumidores mexicanos. Toca a los consumidores, exigir que esto se cumpla. 

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Cambios a la Portabilidad Numérica

Por Ernesto Piedras/Noviembre |
November 01, 2019

El 28 de octubre del presente año, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió modificar las reglas de Portabilidad Numérica (PN), con el objetivo de fortalecer el derecho de los usuarios a de servicios telefónicos a migrarse al operador de su elección, conservando su mismo número telefónico. 

Este mecanismo, vigente por más de una década (julio de 2008 a la fecha), ha sido sujeto de modificaciones con motivo de agilizar, transparentar, brindar certeza y seguridad a su realización. En esta ocasión, el IFT eliminó el mecanismo por el que terceros podían solicitar el NIP para confirmar el proceso de portación, para así mitigar la ocurrencia de portaciones sin el consentimiento del usuario.

A partir de esta modificación, las solicitudes de NIP de confirmación serán a través del envío de un SMS con la palabra “NIP” o bien realizando una llamada al número 051, ambos procesos iniciados por el usuario, quien en todo momento tendrá control sobre su derecho a portarse libremente.
Operadores, la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI) e incluso la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) sugirieron diversos cambios para blindar el proceso de portabilidad y eliminar la portabilidad no consentida
En específico, solicitaron la eliminación del mecanismo a través del cual un tercero (no usuario) podía solicitar el NIP de portabilidad a través del portal administrado por el Administrador de Base de Datos (ABD), encargado de la gestión del proceso de portabilidad. Fue así que el IFT decidió optimizar y empoderar aún más a los usuarios en el ejercicio de su derecho a la PN.


PNNC: Dimensionamiento de la Práctica Fraudulenta
La Portabilidad Numérica No Consentida (PNNC) es una práctica fraudulenta por la que se realiza el cambio de un operador móvil sin que el usuario se percate o lo haya consentido de manera voluntaria. Típicamente, un usuario defraudado recibe una llamada en la que es engañado maliciosamente para entregar información personal y, con ello, iniciar el proceso de portabilidad sin su consentimiento. 
Durante 2018, el proceso de portabilidad numérica permitió que 21.3 millones de usuarios móviles cambiaran de compañía de servicios de su elección conservado su número telefónico. Es decir, el mecanismo es una herramienta de promoción de la competencia, tal que la cantidad de líneas portadas representa 17.9% del parque promedio móvil de este año (118.9 millones). Si estas líneas correspondieran a un solo operador, éste sería el tercero a nivel nacional en participación de mercado, tan sólo por debajo de Telcel y Telefónica.

Portabilidad Numérica Móvil en México 

Fuente: Elaborado por The CIU con información del IFT


No obstante, no todas esas portaciones fueron realizadas de manera consentida. De acuerdo con diversos cálculos de la industria, este fenómeno podría ascender a poco más de 10% de los números portados, con una afectación a alrededor de 2.2 millones de usuarios al año. Sólo para dimensionar la gravedad, esta numeralia representa 1.2 veces el número de usuarios que ostentan los operadores móviles virtuales (OMV) al cierre de 2018.
Más aún, se estima que sólo una tercera parte de estos usuarios regresa a su operador de origen, ya sea vía el mecanismo de reversión de portabilidad o por su propia cuenta. En números, más de 1.4 millones de usuarios no regresan a su operador elegido, ya sea por desconocimiento, desidia o porque creen que es culpa del operador que habían optado.

Portabilidad Numérica No Consentida en México  

Fuente: Elaborado por The CIU en base a información del mercado y estimaciones propias.

Así, considerando sólo a los usuarios que no regresaron a su elección original, el fraude ocasionado por sólo por cobro de comisiones fraudulentas equivale a 255.78 millones de pesos. Todo ello aunado al enfado e incomodidad causado a las personas afectadas. Esta cantidad equivale a lo destinado en promedio por servicios móviles de 256,782 usuarios de prepago en un año.

Portabilidad Numérica No Consentida: Dimensionamiento de su Alcance 

Fuente: Elaborado por The CIU con base a información del mercado y estimaciones propias

Para evitar este gran fraude al mercado y a los usuarios, el IFT determinó optimizar su proceso en términos de eficiencia de tiempo, transparencia, pero sobre todo en la seguridad de ejecución de la decisión del consumidor, cuidando el riesgo de que sean cambiados sin su solicitud ni consentimiento.

Optimización y Seguridad a la PN
A partir de estas modificaciones al proceso de la PN, se incorporan mecanismos de protección adicionales para el consumidor en la forma de candados regulatorios para que sólo sea el usuario el única agente que puede solicitar el NIP de confirmación, ante el fenómeno de la PNNC en México.
Enhorabuena para los consumidores, puesto que el IFT optó por realizar los cambios sugeridos en la consulta pública de revisión y redefinición de las reglas de PN, para evitar, de una vez por todas, el lamentable fraude de Portabilidad Numérica No Consentida en el mercado mexicano. 
Así, el órgano regulador busca garantizar una portabilidad óptima, certera, transparente, segura y expedita, en favor del bienestar de los consumidores mexicanos. Toca a los consumidores, exigir que esto se cumpla. 

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Colaboraciones

En esta sección encontrara la colaboración del despacho “The CIU” cuyo titular es el Maestro Ernesto Piedras, experto en el sector de telecomunicaciones.

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Por: Ernesto Piedras/Noviembre |
November 01, 2019

El 28 de octubre del presente año, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió modificar las reglas de Portabilidad Numérica (PN), con el objetivo de fortalecer el derecho de los usuarios a de servicios telefónicos a migrarse al operador de su elección, conservando su mismo número telefónico. 

Este mecanismo, vigente por más de una década (julio de 2008 a la fecha), ha sido sujeto de modificaciones con motivo de agilizar, transparentar, brindar certeza y seguridad a su realización. En esta ocasión, el IFT eliminó el mecanismo por el que terceros podían solicitar el NIP para confirmar el proceso de portación, para así mitigar la ocurrencia de portaciones sin el consentimiento del usuario.

A partir de esta modificación, las solicitudes de NIP de confirmación serán a través del envío de un SMS con la palabra “NIP” o bien realizando una llamada al número 051, ambos procesos iniciados por el usuario, quien en todo momento tendrá control sobre su derecho a portarse libremente.
Operadores, la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI) e incluso la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) sugirieron diversos cambios para blindar el proceso de portabilidad y eliminar la portabilidad no consentida
En específico, solicitaron la eliminación del mecanismo a través del cual un tercero (no usuario) podía solicitar el NIP de portabilidad a través del portal administrado por el Administrador de Base de Datos (ABD), encargado de la gestión del proceso de portabilidad. Fue así que el IFT decidió optimizar y empoderar aún más a los usuarios en el ejercicio de su derecho a la PN.


PNNC: Dimensionamiento de la Práctica Fraudulenta
La Portabilidad Numérica No Consentida (PNNC) es una práctica fraudulenta por la que se realiza el cambio de un operador móvil sin que el usuario se percate o lo haya consentido de manera voluntaria. Típicamente, un usuario defraudado recibe una llamada en la que es engañado maliciosamente para entregar información personal y, con ello, iniciar el proceso de portabilidad sin su consentimiento. 
Durante 2018, el proceso de portabilidad numérica permitió que 21.3 millones de usuarios móviles cambiaran de compañía de servicios de su elección conservado su número telefónico. Es decir, el mecanismo es una herramienta de promoción de la competencia, tal que la cantidad de líneas portadas representa 17.9% del parque promedio móvil de este año (118.9 millones). Si estas líneas correspondieran a un solo operador, éste sería el tercero a nivel nacional en participación de mercado, tan sólo por debajo de Telcel y Telefónica.

Portabilidad Numérica Móvil en México 

Fuente: Elaborado por The CIU con información del IFT


No obstante, no todas esas portaciones fueron realizadas de manera consentida. De acuerdo con diversos cálculos de la industria, este fenómeno podría ascender a poco más de 10% de los números portados, con una afectación a alrededor de 2.2 millones de usuarios al año. Sólo para dimensionar la gravedad, esta numeralia representa 1.2 veces el número de usuarios que ostentan los operadores móviles virtuales (OMV) al cierre de 2018.
Más aún, se estima que sólo una tercera parte de estos usuarios regresa a su operador de origen, ya sea vía el mecanismo de reversión de portabilidad o por su propia cuenta. En números, más de 1.4 millones de usuarios no regresan a su operador elegido, ya sea por desconocimiento, desidia o porque creen que es culpa del operador que habían optado.

Portabilidad Numérica No Consentida en México  

Fuente: Elaborado por The CIU en base a información del mercado y estimaciones propias.

Así, considerando sólo a los usuarios que no regresaron a su elección original, el fraude ocasionado por sólo por cobro de comisiones fraudulentas equivale a 255.78 millones de pesos. Todo ello aunado al enfado e incomodidad causado a las personas afectadas. Esta cantidad equivale a lo destinado en promedio por servicios móviles de 256,782 usuarios de prepago en un año.

Portabilidad Numérica No Consentida: Dimensionamiento de su Alcance 

Fuente: Elaborado por The CIU con base a información del mercado y estimaciones propias

Para evitar este gran fraude al mercado y a los usuarios, el IFT determinó optimizar su proceso en términos de eficiencia de tiempo, transparencia, pero sobre todo en la seguridad de ejecución de la decisión del consumidor, cuidando el riesgo de que sean cambiados sin su solicitud ni consentimiento.

Optimización y Seguridad a la PN
A partir de estas modificaciones al proceso de la PN, se incorporan mecanismos de protección adicionales para el consumidor en la forma de candados regulatorios para que sólo sea el usuario el única agente que puede solicitar el NIP de confirmación, ante el fenómeno de la PNNC en México.
Enhorabuena para los consumidores, puesto que el IFT optó por realizar los cambios sugeridos en la consulta pública de revisión y redefinición de las reglas de PN, para evitar, de una vez por todas, el lamentable fraude de Portabilidad Numérica No Consentida en el mercado mexicano. 
Así, el órgano regulador busca garantizar una portabilidad óptima, certera, transparente, segura y expedita, en favor del bienestar de los consumidores mexicanos. Toca a los consumidores, exigir que esto se cumpla. 

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